Recepción: 05 de febrero de 2019
Aceptación: 27 de febrero de 2019
La llegada de los derechos sexuales y reproductivos a la agenda pública señaló un nuevo momento en las dinámicas entre ley y sociedad en América Latina. Pero a pesar de los avances regionales e internacionales importantes para garantizar los derechos sexuales y reproductivos en los últimos años, éstos suelen provocar tensiones entre los que favorecen su reconocimiento y quienes se oponen a ello. Tal vez el tema más controversial es el aborto: en algunos casos ha sido despenalizado (Ciudad de México, Uruguay, Chile); en otros (Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, México, Perú) se ha reforzado un derecho limitado al aborto para proteger los derechos de la mujer a la salud mientras se avanza lentamente hacia la liberalización. Aun así, estos derechos ganados no siempre se reflejan en la provisión adecuada de servicios de salud seguros y dignos para las mujeres que necesitan abortar. Por otro lado, en algunos países existe una prohibición total al aborto (El Salvador, Nicaragua) aun en casos donde el embarazo pone en peligro la vida de la mujer, lo que trae como consecuencia la muerte o el encarcelamiento de mujeres que toman la determinación de abortar. Por último, en otros contextos regionales (Brasil, EE. UU.) la llegada de la ultraderecha al poder presenta grandes retos para el ejercicio de los derechos de las mujeres, como decidir sobre su propio cuerpo, lo cual amenaza los derechos ganados. Queda más que claro que el papel de las cortes en estas batallas será fundamental. En la discrepancia de este número de Encartes esperamos esclarecer algunos de los puntos principales del debate en torno a este tema tan fundamental para la vida y salud de las mujeres, y para la igualdad social en América Latina.
La judicialización contemporánea del aborto en América Latina es un péndulo que oscila entre los litigios promovidos por el movimiento feminista y el movimiento conservador. Los impactos de estos litigios han significado, en su mayoría, un avance jurisprudencial para los derechos humanos de las mujeres: igualdad y no discriminación, libertad y autonomía reproductiva, derecho al libre desarrollo de la personalidad y derecho a la salud. Al avalar la despenalización del aborto por causales o en un determinado plazo, las cortes constitucionales promueven el avance de la justicia reproductiva, sentando precedentes judiciales importantes en la región, como en los casos de Colombia (2006), México (2002, 2008) y Chile (2017). Las resoluciones de las cortes de estos países han promovido el acceso a servicios de aborto legal en los hospitales públicos y mejores lineamientos en salud reproductiva. Sin embargo, también han provocado una contramovilización social que promueve la “protección de la vida desde la concepción” con mayor fervor desde el púlpito hasta las legislaturas y otras agencias del Estado. No se puede afirmar que la judicialización del aborto siempre tenga resultados positivos para el avance de los derechos reproductivos en la región. Las sentencias constitucionales tienden a ser minimalistas en cuanto a la comprensión del sentido y alcance de los derechos reproductivos de las mujeres en juego, teniendo grandes deferencias hacia la protección de la vida prenatal. En otras ocasiones, dejan un margen suficiente de acción para que los profesionales de la salud hagan interpretaciones confusas, por lo que suelen mostrarse temerosos de practicar interrupciones del embarazo en aras de no cometer un delito. Consecuentemente, la judicialización del aborto tiene resultados contradictorios y contingentes para los derechos de las mujeres en América Latina.
Los movimientos pro y antiaborto actúan en diversos frentes de disputa desde hace algún tiempo en la región, y es interesante observar cómo los actores se mueven de una arena a otra de acuerdo con el balance de oportunidades políticas. Así, en lo que se refiere a disputas institucionales, el poder judicial es activado cuando hay menos espacio para avanzar en las otras arenas.
En Brasil, el acceso estratégico a la justicia se vislumbra como una estrategia importante para esquivar el ascenso conservador en las arenas del ejecutivo y del legislativo. A partir de 2006, la presencia de conservadores y evangélicos ha aumentado significativamente en el parlamento. El Frente Parlamentario en Defensa de la Vida gana fuerza y los proyectos de ley que proponen la prohibición total del aborto se han convertido en una amenaza concreta de retroceso en relación con la legislación existente.1 Este giro conservador se acentuó en el ejecutivo a partir de 2016 con el golpe parlamentario que sacó a Dilma Roussef de la Presidencia de la República.
Paralelamente, el Supremo Tribunal Federal (STF) se va transformando en una arena institucional abierta al tema. En 2012, el STF garantizó a las mujeres el derecho de interrupción de embarazo de feto anencefálico. Esta fue la única vez que se avanzó en el marco legal de la prohibición, ampliando las hipótesis de aborto legal previstas por la legislación penal brasileña de los años cuarenta (que preveía apenas dos excepciones al crimen-riesgo de vida de la mujer y violación). La victoria en ese caso reveló el potencial de la judicialización para el avance de la agenda pro elección. Las esperanzas de avance en este tema hoy en día están depositadas en esta Corte, donde se tramita una acción que reivindica la despenalización del aborto.
Sin embargo, al hablar de posibles avances vía judicialización, no se pueden ignorar los riesgos del efecto backlash. Recientemente, una decisión favorable a la despenalización del aborto2 provocó una reacción furiosa por parte de los parlamentarios conservadores, que hicieron avanzar una propuesta de enmienda a la Constitución para incluir en ella la protección de la vida desde la concepción, lo que significa retroceder con respecto a la legislación existente.
En las últimas dos décadas, para importantes sectores de los movimientos de mujeres y feministas de América Latina, los procesos de movilización legal se han constituido en una de las estrategias posibles para habilitar nuevos marcos políticos, legales y de sentidos sociales-culturales en torno al aborto. Más allá de las diferencias que estas estrategias adoptan en cada país, de las coyunturas legales y socioculturales donde se enmarcan, hemos podido ser testigos de cómo las experiencias de judicialización promovidas por estos movimientos en países como El Salvador, México, Argentina, Colombia, entre otros, ha coadyuvado a que en el debate público los tecnicismos legales, los expedientes y condenas judiciales se despojen del tradicional lenguaje críptico donde se asienta el derecho, y encarnen cuerpos, rostros e historias de mujeres reales. Creo, además, que la judicialización del aborto promovida por los feminismos se está volviendo clave, por cuanto intenta romper con la fábula liberal y patriarcal de la naturalización y abstracción del derecho. Los casos judiciales a lo largo de la región han dado luz a los diferentes juegos de poder de los sujetos involucrados en las disputas, lo que evidencia una serie de estereotipos de género, clase, raza y etnia, dinámicas que muchas veces resultan veladas a través de las narrativas de universalidad y abstracción que rigen gran parte de las concepciones del “derecho” en cuanto discurso social.
No obstante estos avances para progresar en el reconocimiento legal del aborto, debemos señalar que el uso de los tribunales no es exclusivo de los movimientos feministas y de mujeres. Diferentes casos en la región nos ponen de frente a cómo sectores conservadores recurren a los tribunales para intentar revertir las reformas legales, así como obturar el acceso a los casos de abortos ya permitidos por ley. Cada vez más, estos sectores han homologado sus estrategias de judicialización en el plano regional, interpelando en su oposición al aborto discursos y banderas claves de los movimientos de mujeres al impulsar las reformas liberadoras, comoel discurso de derechos humanos. En la actualidad, este es uno de los desafíos en materia de judicialización del aborto, donde los sectores conservadores, lejos de rechazar el plexo de derechos humanos, se han reapropiado de este discurso, resignificándolo con base en sus matrices morales e ideológicas cuyo trasfondo remite a perpetuar órdenes sociales, culturales y económicos de subordinación, construidos discursivamente como pertenecientes a un orden natural y universal, alejado de las múltiples y diversas realidades vitales de las personas.
Las recientes elecciones de Trump (2016), Bolsonaro y López Obrador (2018) demuestran la seducción del populismo en la región, ya sea de derecha o de izquierda. Incluyo a López Obrador porque tampoco parece sostener el ideario de una izquierda liberal en lo que toca a las mujeres. Ninguno de los tres presidentes es partidiario del aborto, ni tiene una clara política de promoción de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, adolescentes y niñas. Este populismo conservador representa una grave amenaza para los derechos sexuales y reproductivos por sus cercanías con ideas tradicionales en torno a la familia y discriminatorias para las mujeres, recalcando su destino social para ser “buenas madres y esposas”. En los casos de los ultraderechistas Bolsonaro y Trump, su misoginia pública y cínica considera los cuerpos de las mujeres como material disponible para la sujeción y el dominio sexual masculino. En sus manos, los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres están —y estarán— en constante amenaza de ser restringidos por medio de sus políticas públicas de salud y sus preocupantes alianzas con las jerarquías religiosas, tanto católicas como evangélicas. Más allá del impacto administrativo que sus políticas tienen en los recortes presupuestales para programas de educación sexual, la obstaculización al financiamiento de organizaciones y clínicas de salud reproductiva y los intentos regresivos de limitarla en el ámbito de la justicia, el golpe más grave de estos gobiernos es cultural: la idea de que las mujeres son entes reproductores y su denigración como objetos sexuales en el discurso público, cuestión que legitima ampliamente el machismo y las masculinidades tóxicas dentro y fuera, de Brasil y Estados Unidos. En suma, incluso frente a la ola verde de movilización social que sacudió a Argentina y que ha escalado fervientemente a otros países de la región, promoviendo el debate público sobre la despenalización del aborto, las resistencias para el avance de los derechos reproductivos en las Américas son fuertes y se han incrementado con la llegada al poder de gobiernos populistas.
Jair Bolsonaro, siguiendo el ejemplo de Trump, fue elegido con un discurso abiertamente misógino. Ha defendido públicamente la desigualdad salarial entre hombres y mujeres y, en su versión más radical, ha incitado a la violencia contra las mujeres y la población LGBT. Aunque cualquier análisis de su gobierno sea aún precoz, procuraré caracterizar tres procesos que amenazan la agenda de igualdad de derechos.
El primero es silencioso, se trata del desmantelamiento de políticas públicas anteriores. En el caso de los derechos sexuales y reproductivos, se busca desarticular la red de servicios de aborto legal, proceso que ya se había puesto en marcha desde el gobierno anterior. Dificultar, escasear o interrumpir el acceso a estos servicios —que ya no cubrían toda la demanda del país— es algo que está en el ámbito de acción directa del ejecutivo y por eso sucede de modo poco visible.
El segundo es el más estridente. Es la disputa moral de la sociedad. Se trata de la agenda de combate a la “ideología de género”, citada como prioritaria en el discurso de toma de protesta del presidente. Uno de los frentes de esta agenda es la exclusión de la educación sexual y de los temas de género de los currículos escolares. La movilización conservadora en torno a los planes de educación se ha vuelto algo común en los últimos años en varios países de América Latina, y puede tener consecuencias desastrosas en un escenario en el que el embarazo de adolescentes ya es un problema grave.3 Aun en el plano simbólico (no sin desdoblamientos prácticos), la historia de la Secretaría Especial de Políticas para las mujeres es emblemática. Creada en 2003 por el gobierno de Lula y encabezada durante ese periodo por feministas vinculadas a los movimientos sociales, fue reconvertida por Bolsonaro en una secretaría asociada al rebautizado Ministerio de las Mujeres, de la Familia y de los Derechos Humanos (las cursivas son mías). Para dirigir esta secretaría, Bolsonaro eligió una pastora evangélica que ya se pronunció públicamente en contra del aborto y a favor de la dedicación de la mujer a la maternidad.
El proceso más peligroso, me parece, tiene que ver con la incitación a la violencia difusa en contra de grupos minoritarios. Las altas y crecientes tasas de violencia de género en Brasil —violencia sexual, violencia doméstica, feminicidio4 y crímenes de odio en contra de la población LGBT—5 encuentran legitimación simbólica con la elección de Bolsonaro. No sólo los derechos sexuales y reproductivos están en riesgo, en un contexto en que la violencia de género va en ascenso.
Las regresiones en los derechos sexuales y reproductivos y los discursos de odio que están poniéndose de manifiesto tanto en Brasil como en Estados Unidos es una alarma clara, no sólo para los defensores de estos derechos, sino para los defensores de los derechos humanos en general en toda la región. En Brasil, incluso antes de la elección de Jair Bolsanaro, pudimos ver cómo estaba operando una agenda política conservadora, en que uno de sus pilares es el aparato discursivo/político de la “ideología de género” (podemos analizar, por ejemplo, el caso del impeachment de la expresidenta Dilma Rousseff en el propio discurso de Bolsonaro).
Si hace una década atrás la agenda de los derechos sexuales y reproductivos era punto de ataque de sectores religiosos conservadores, sobre todo de la jerarquía católica, hoy el paraguas de la “ideología de género” permite aunar no sólo a sectores conservadores en materia de moral sexual sino también a sectores nacionalistas, neofacistas y neoliberales, entre otros. Pero ojo, en este contexto la religión sigue ocupando un rol central en la vida política. El avance de los sectores evangélicos de matrices más conservadores en toda la región es un componente político que ha cambiado no sólo la fisionomía sociodemográfica de la región, sino también en muchos casos los actores tradicionales de las alianzas entre religión y política.
Los triunfos electorales de líderes conservadores como Jair Bolsonaro, su plataforma política electoral basada en una alianza con las iglesias evangélicas en Brasil, se ha constituido en un modelo para las derechas de la región. Esto, sin duda, constituye una amenaza no sólo para los derechos de las mujeres y personas LGBTTI, sino también para otras personas y comunidades históricamente subalternizadas.
La interseccionalidad recoge la preocupación histórica de incluir las experiencias de discriminación racial (sobre todo de las mujeres afrodescendientes) en los análisis sobre violencia de género y desigualdad. Por tanto, propone analizar y comprender la discriminación en el cruce de caminos del género, la raza y la clase, principalmente. A raíz de esta crítica sobre la ceguera racial en la revisión de casos de violencia y discriminación contra las mujeres, se le han sumado —en América Latina— otras categorías igual de sospechosas de violar la igualdad: la etnia, la orientación sexual, la edad, etcétera. Quizá la interseccionalidad pueda entenderse mejor como una pregunta. ¿Cómo pueden incorporarse mejor las experiencias de las mujeres por su raza, género y clase en los análisis sobre discriminación? ¿Cómo resaltar experiencias particulares al analizar la desigualdad estructural por la que atraviesan las mujeres o algunas poblaciones históricamente discriminadas? La respuesta es contextual y casuística en ejercicios de interpretación constitucional. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha tratado de realizar interpretaciones interseccionales en sentencias recientes. Por ejemplo, en el caso de Talía Gonzáles Lluy, una niña que fue contagiada de VIH cuando tenía tres años por una trasfusión de sangre en un hospital de Ecuador, la Corte consideró que la discriminación que vivió Talía se derivó de múltiples factores, como resultado de la intersección de su edad, género y situación de pobreza, lo que se agravó al haber sido contagiada del VIH (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2015).
Sin embargo, la respuesta se complica cuando en el diseño de políticas públicas se intentan incluir marcadores diferenciales identitarios, pues entra en juego el presupuesto estatal y los recursos limitados, así como la dificultad de incorporar en normas y estrategias generales, necesidades de grupos poblacionales muy diferentes. Aplicada al campo de los derechos sexuales y reproductivos, la interseccionalidad puede aportar preguntas necesarias para analizar la discriminación que han vivido las mujeres indígenas y afrodescendientes de la región. ¿Cómo les ha afectado en particular la falta de acceso a servicios de educación sexual y salud reproductiva? ¿Qué obstáculos específicos han enfrentado para tomar decisiones autónomas en el ámbito de la sexualidad y la reproducción? ¿Qué formas específicas de discriminación sufren cuando tratan de acceder a los servicios públicos de salud? De acuerdo con la CEPAL (2011) hay mayores tasas de embarazo entre mujeres indígenas jóvenes de la región, quienes además presentan altos niveles de rezago y exclusión educacional, en comparación con mujeres no indígenas. Se ha documentado también cómo las mujeres indígenas y afrodescendientes, por la intersección del género con la raza y/o etnia, están expuestas a un mayor riesgo de violaciones a sus derechos humanos frente a los sistemas de justicia y de salud, a falta de intérpretes en el acceso a estos servicios en casos de violencia sexual (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2011). La mortalidad materna por atenciones deficientes en la atención prenatal y el parto es también otro de los fenómenos que afecta de manera desproporcionada a las mujeres afrodescendientes en la región.6 En este contexto, ante los ataques regresivos de la coyuntura política actual, la interseccionalidad es una pregunta obligatoria para repensar (viejos) problemas de discriminación estructural en la esfera sexual y reproductiva.
Uno de los efectos más perversos de la criminalización del aborto es lanzar a las mujeres a los riesgos del aborto inseguro. La mortalidad y las lesiones graves como consecuencia de procedimientos poco fiables en las mujeres, afecta sobre todo a mujeres negras y pobres. De la misma manera, la escasa oferta de servicios de aborto legal afecta principalmente a las mujeres usuarias del servicio público de salud. Así, no es posible comprender las consecuencias de la privación del derecho al aborto seguro, sin la perspectiva de la interseccionalidad. Y es esta perspectiva la que utilizan cada vez con más fuerza los movimientos de mujeres, que también en los últimos años se han vuelto más diversos e interseccionales en Brasil. Ejemplo de ello fue la participación en la última audiencia pública sobre la despenalización del aborto en el STF del colectivo Criola, entidad que se define como “asociación civil anti-racista, feminista y antihomofóbica”. En el marco de una nueva generación de activismo feminista, la intervención de ese grupo tuvo por objetivo demostrar que la “discriminación compuesta” y la “subordinación estructural socioeconómica” a la que fueron sometidas las mujeres negras las coloca en situación de mayor vulnerabilidad en relación con la política de salud reproductiva del Estado brasileño (Criola, 2018).
Además, es urgente situar el debate sobre derechos reproductivos bajo la perspectiva más amplia de la feminización de la pobreza. En un país como Brasil —y esto también vale para los demás países de América Latina— donde impera la cultura machista diseminada, el embarazo afecta de manera desproporcionada la vida de las mujeres. Muchas veces ellas cuidan solas de sus hijos o están obligadas a alejarse o a disminuir su disponibilidad de trabajar. El embarazo precoz —que tiende a aumentar en un escenario en el que no hay acceso a la educación sexual y se restringe el enfoque de género en las escuelas— también desvía a las adolescentes de la ruta del estudio, lo que afecta directamente sus posibilidades de conseguir un empleo formal en el futuro. La teoría interseccional es fundamental para profundizar el debate en torno a las consecuencias de la negación de políticas de educación y salud reproductiva para las mujeres y su entrelazamiento con cuestiones de clase, raza y pobreza.
Ante esta avanzada del discurso de la “ideología de género” que, como decía, aglutina distintas agendas de derecha, hoy más que nunca es necesario promover el compromiso y las alianzas interseccionales. Si durante los últimos 20 años en diversos contextos se generaron avances en ciertos derechos, en la actualidad la avanzada conservadora está intentando revertir esos logros y reforzar agendas neocoloniales, patriarcales, clasistas, racistas y heteronormativas. Aunque en apariencia la “ideología de género” localiza su ataque en las mujeres y personas LGBTTI, el racismo y el odio de clase también se están movilizando a través de este marco discursivo y político. En el actual contexto latinoamericano, además esta plataforma se asienta sobre una matriz neoliberal cuyo objetivo no sólo es precarizar los cuerpos y subjetividades sexo-genéricas, sino también apropiarse de los territorios, de los recursos naturales, del sentido público de las políticas de Estado, reemplazando lo colectivo por lo privado; los derechos por el consumo y la pluralidad y la diferencia por el miedo a el/la otro(a).
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Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) (2011). Salud de la población joven indígena en América Latina: Un panorama general. Santiago de Chile: Naciones Unidas
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2011). Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia sexual: La educación y la salud. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 65
______(2015). González Lluy v. Ecuador. Sentencia de 1 de septiembre de 2015. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.
Comité CEDAW. Caso Alyne da Silva Pimentel vs. Brasil, Comunicación No. 17/2008.
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Gianella, Camila, Marta Machado y Angélica Peñas Defago (2017). “What causes Latin America’s high incidence of adolescent pregnancy?”.CMI Brief, vol. 16, núm. 9, noviembre 2017. [https://www.cmi.no/publications/6380-what-causes-latin-americas-high-incidence-of]
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